El discurso jurídico contra la libertad de las mujeres

4/9/14


Por Pablo Castaño.


Respuesta al artículo Testimonio único o denuncia falsa: gran polémica, publicado en eldiario.es por Isabel Elbal


Círculo Podemos Feminismos
La polémica suscitada a partir de la denuncia de violación en la feria de Málaga y el casi inmediato archivo de la causa nos ha dejado artículos como el publicado por Isabel Elbal en este medio el pasado 31 de agosto, que utiliza los principios del Estado de Derecho para defender la decisión de la jueza de archivar la denuncia de la chica, que afirmó haber sido agredida sexualmente por un grupo de hombres. La ventaja de citar principios tan venerables como in dubio pro reo es que da la impresión de que el que se oponga a la tesis del autor no comparte su defensa de la presunción de inocencia y el resto de las garantías del procedimiento penal. Esto no es así, creo que todas las feministas que han mostrado su indignación estos días por la decisión de la jueza de archivar la causa, el tratamiento mediático del suceso y los comentarios de personajes incalificables como el alcalde de Valladolid son tan conscientes de la importancia de las garantías constitucionales como cualquier jurista. Así que aclaro mi postura desde el principio: no pido que condenen sin juicio a los acusados y ni siquiera doy por hecho que son culpables. Me limito a afirmar que los datos que se han conocido del suceso son suficientes para motivar una investigación penal concienzuda, y que si la jueza decidió archivar el caso en setenta y dos horas fue por tener una concepción estereotipada y alejada de la realidad de los delitos contra la libertad sexual. La misma concepción que sigue teniendo la mayoría de la sociedad, como prueba el tratamiento mediático del asunto (la mayoría de los medios solo cita a la jueza, al abogado de los acusados y a sus familiares, sin explicar por qué no refleja la versión de la otra parte).

Como bien afirma Isabel Elbal en su artículo, la jurisprudencia sobre agresiones sexuales admite la posibilidad de considerar probado el delito basándose solo en el testimonio de la víctima, ya que no suele haber otros medios de prueba que su relato y el del acusado. Evidentemente, este testimonio ha de tener coherencia suficiente para convencer al juez. En el caso de Málaga la jueza archivó el caso porque la chica no dijo la verdad sobre la hora de salida de su trabajo y no declaró ante la policía que había estado bebiendo y bailando con los acusados. ¿Pero de verdad alguna mujer declararía ante la policía que acaba de estar de fiesta con varios hombres que después la han agredido, aunque fuese verdad? Parece lógico que ocultase esto a los agentes, ante el miedo de que su testimonio perdiese toda credibilidad. La visión que siguen teniendo la mayoría de las personas de las violaciones es que las comete un hombre desconocido en un callejón oscuro tras superar con violencia una desesperada resistencia física de la víctima. En realidad, lo más frecuente es que los autores sean familiares, amigos o conocidos de la víctima. No sé si esta jueza y este fiscal son particularmente machistas o no, lo importante es que tanto ellos como los policías son personas sometidas a los mismos prejuicios que el resto de la ciudadanía, y por lo tanto pueden tomar decisiones equivocadas con consecuencias graves basadas en estas idas preconcebidas. De la misma manera, resulta sorprendente para el sentido común dominante que una persona empiece manteniendo una relación sexual deseada que acaba convirtiéndose en una agresión, una realidad que reflejó un informe del Gobierno vasco. El Código Penal castiga cualquier relación sexual que no sea plenamente consentida porque supone un atentado a la libertad sexual, un bien jurídico tan protegido por la Constitución como las garantías del procedimiento penal.

El artículo de Elbal comete un error frecuente entre los juristas: considerar que las decisiones judiciales deben estar exentas de crítica pública y que opinar sobre un procedimiento penal siempre es caer en el "tertulianismo". Pues bien, una cosa es la independencia judicial, que prohíbe la interferencia de los demás poderes del Estado en la actividad judicial, y otra cosa es el derecho de periodistas y ciudadanos a criticar las decisiones judiciales. No son lo mismo los juicios paralelos celebrados en un plató televisivo para condenar por adelantado y sin fundamento a cualquier acusado que las críticas razonadas de las decisiones judiciales. Lo primero es sensacionalismo, lo segundo forma parte del control popular de los poderes del Estado, imprescindible en democracia. En este caso, lo que se cuestiona es la decisión de la jueza de archivar la denuncia en tres días pese a haber indicios razonables de delito como la declaración de la chica denunciante y el examen médico que detectó un desgarro vaginal y anal. La jueza podría haber continuado la instrucción, lo cual no implica ni siquiera imputar a los denunciados, sino realizar una investigación profunda para determinar si el delito se ha cometido o no. Como bien advierte Elbal, esta decisión habría supuesto una estigmatización para los acusados, al margen de que fuesen encarcelados con carácter provisional o liberados con cargos, y habría existido el riesgo de que finalmente no se probase suficientemente que cometieron la agresión. Como en cualquier otro delito, es un riesgo que asume el sistema judicial a cambio de proteger bienes jurídicos tan importantes como la libertad sexual y la integridad física.

La decisión de archivar la causa implica que la jueza no cree en absoluto la versión de la chica. Es decir, que cuando se la encontraron los policías llorando, esto formaba parte de un teatro montado para acusar en falso de un delito gravísimo a unos chicos, por razones que desconocemos. Siguiendo con esta versión, si el abogado de la chica no recurrió el archivo fue porque no había funcionado su plan para inventar una violación. Desde luego, la decisión no es fácilmente explicable, quizá la chica tuvo miedo de la presión social que sufriría si seguía con el asunto o el abogado decidió que ya no había nada que hacer. En todo caso, la versión de que la chica se inventó la agresión es suficientemente improbable como para abrir una investigación seria que determine si lo sucedido en Málaga fue una denuncia falsa o un grave delito que ahora seguro que quedará impune. Los estudios más solventes revelan que las denuncias falsas de agresiones sexuales son muy poco frecuentes, igual que en los demás tipos de violencia de género. Resulta revelador que cada vez que adquiere transcendencia pública un delito contra la libertad de las mujeres resurja el debate de las denuncias falsas, cosa que no ocurre con ningún otro tipo de infracción penal.

El mensaje que manda la justicia está claro: mujer, si sufres una agresión sexual te va a costar mucho probarlo así que igual no vale la pena denunciar. Hombre, si violas utilizando el modus operandi adecuado, es probable que no te pase nada malo.


Publicado o 03/09/2014 en www.eldiario.es

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