Legalizar el chanchullo

15/12/14


Por José Yoldi.


J. Yoldi
La decisión de la Sala Primera de lo Contencioso del Tribunal Supremo de confirmar el nombramiento del presidente del Consejo del Poder Judicial y del alto Tribunal, Carlos Lesmes, tiene toda la apariencia de hacer que parezca legal lo que no fue más que un chanchullo, un enjuague, una componenda entre el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y el entonces líder de la oposición, Alfredo Pérez Rubalcaba, que certificaba la muerte de la separación de poderes.

El presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Lesmes, nada más tomar posesión. / CGPJ
El presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Lesmes, nada más tomar posesión. / CGPJ

La injerencia de la política en la justicia es cada día más clamorosa y se hace sin el menor remordimiento imponiendo la lógica del rodillo de la mayoría absoluta a pesar de que el espíritu de la Constitución y la sentencia 108/1986 del pleno del Tribunal Constitucional pretendían que el Consejo del Poder Judicial ocupara ” una posición autónoma y no subordinada a los demás poderes públicos”. Leer sentencia 108/86

Tanto la Constitución, como la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Son los 20 vocales —de los que al menos 12 proceden de la carrera judicial— los que por mayoría de tres quintos deben proponer y elegir a su presidente.

Por si no fuera suficientemente claro, el artículo 119.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial precisa: “Los vocales del Consejo General del Poder Judicial no estarán ligados por mandato imperativo alguno…”

Sin embargo, prácticamente desde el principio, los vocales no han hecho otra cosa que elegir al candidato que los líderes de los partidos que les han elegido a ellos les dicen que tienen que votar. Una servidumbre vergonzosa que va precisamente contra el espíritu de la ley e incluso el texto de la sentencia citada. “La posición de los integrantes de un órgano no tiene por qué depender de manera ineludible de quienes sean los encargados de su designación sino que deriva de la situación que les otorgue el ordenamiento jurídico. En el caso del Consejo, todos sus Vocales, incluidos los que forzosamente han de ser propuestos por las Cámaras y los que lo sean por cualquier otro mecanismo, no están vinculados al órgano proponente, como lo demuestra la prohibición del mandato imperativo (art. 119.2 de la LOPJ)”. ¿No les parece que este párrafo de la sentencia citada, redactada en 1986, a la vista de cómo se han ido desarrollando los hechos es adorablemente ingenuo?

Cómo sería el planteamiento del Constitucional, que para defender la autonomía del Consejo de los otros poderes, decía: “Ciertamente, se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la Norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en éste, atiendan sólo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de éstos. La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial”.

Y ponía como ejemplo de esa independencia respecto a los grupos políticos del Parlamento que los nombran no solo a los vocales del Consejo, sino también a los integrantes del Tribunal de Cuentas, al consejo de RTVE y a la Junta Electoral Central. Quizá en 1986 no estaban demasiado politizados. Hoy en día Tribunal de Cuentas, Consejo de RTVE, Tribunal Constitucional y Consejo General del Poder Judicial constituyen un fiel reflejo del reparto de cuotas de los partidos en el Parlamento y sus integrantes responden a la voz de su amo.

En un artículo titulado La sucursal y publicado hace ahora un año, afirmaba que “Si condenan a dirigentes del PP por la Gürtel, los papeles de Bárcenas y los distintos chanchullos en los que están implicados estos honradísimos próceres, no será justicia, será milagro”, porque el PP controla en la actualidad todos los puntos clave de la justicia: El Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. Más Hacienda y la Policía.

Y más adelante añadía: “No deja de ser divertido que los juristas elegidos para el Consejo del Poder Judicial lo primero que han hecho tras ser nombrados haya sido presumir de independencia respecto de los partidos que les han propuesto y designado”.

Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación Francisco de Vitoria. / Efe
Marcelino Sexmero
No obstante, concluía mostrando mi escepticismo sobre esa afirmación porque mi artículo, que se publicó el 2 de diciembre ya anunciaba que Lesmes sería el elegido, como así fue, pero el día 10, es decir, ocho días después. Y no solo lo conté yo. La primicia la dio Esther Jaén en cuartopoder.es un mes antes de la elección de Lesmes. Luego ratificó la información. Y como recoge el recurso de la Asociación Francisco de Vitoria al nombramiento del presidente del Supremo, también con una semana de antelación lo hicieron María Peral, en El Mundo; Francisco Velasco, en La Razón; o Ernesto Ekaizer en una tertulia de televisión.

Seguro que ninguno de ustedes piensa que somos adivinos, luego el pacto Rajoy- Rubalcaba funcionó y los vocales no fueron todo lo independientes que presumían que eran. Y esa es la base del recurso planteado por la Asociación Francisco de Vitoria, que ahora acaba de echar abajo la Sección Primera de la Sala Tercera del Supremo. Lea las conclusiones finales de la AJFV.

Pues ahí donde lo ven, el Supremo decidió que no recibía el recurso a prueba, es decir que los periodistas no pudimos ir a contar cómo nos habíamos enterado del vergonzoso pacto. Esas impugnaciones de nombramiento se suelen llevar habitualmente al pleno de la Sala, pero curiosamente, en este caso no lo han hecho, parece que por evitarse indeseados votos particulares.

La sentencia la harán pública en unos días, pero seguro que dirán que el nombramiento fue realizado por los vocales sin influencia externa ni indicaciones de Rajoy y Rubalcaba.

¿Les parece que el Tribunal ha obrado correctamente o por el contrario creen que ha legalizado el chanchullo al gusto del poder, aunque para ello con inverecunda contumacia haya cargado de oprobio y desprestigio al Supremo?

La decisión, como siempre, es suya.


Publicado o 15/12/2014 en www.cuartopoder.es

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